El Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico establece que para que un producto pueda denominrae ibérico, la madre ha de ser 100% ibérica, y el padre bien ibérico, bien duroc, o un cruce de ambos, lo que permite obtener cerdos ibéricos 100%, 50% o 75%. La raza Duroc es la única raza permitida para realizar el cruce, por tanto, exceptuando los productos 100% ibéricos todos proceden de cerdos ibéricos cruzados con ejemplares Duroc.
Su cruce es el ideal, ya que sus excelentes características genéticas, entre las que destaca su alto contenido en grasa infiltrada, lo que permite producir unos jamones mucho más jugosos. También cuenta con unas condiciones excelentes de cría, en las que destaca la alimentación de leche materna al principio, hasta que alcanzan los 12 kilos aproximadamente, siendo entonces cuando empieza una alimentación a base de piensos elaborados con cereales y pastos, lo que provoca que el resultado final sea un producto maravilloso, obteniendo unos jamones mucho más jugosos y de más sabor.
Estos cruces son permitidos para que los productos finales tengan un precio más asequible, ya que las condiciones de cría y cebo del animal se reducen.